El matrimonio es la unión del hombre y la mujer, lo único que varía en este enlace es que a veces se realiza por tiempo indefinido sin señalar una fecha de finiquito en el contrato matrimonial, y otras veces por tiempo determinado. Los dos matrimonios se llevan a efecto de forma legal, según la sharî'ah, y la diferencia entre estos dos, es que uno es por tiempo limitado y el otro no, siendo sus especificaciones las mismas.
Las condiciones que se mencionan a continuación son válidas tanto en el matrimonio perdurable, como en el de mut'ah:
1. Tanto el hombre como la mujer deberán estar exentos de cualquier contradicción de la shari'ah; por ejemplo, parentesco cercano, que en este caso invalidaría el contrato matrimonial
2. Deberá ser registrada, en el contrato matrimonial, la cantidad acordada por las dos partes como dote.
3. El tiempo determinado del matrimonio, deberá ser especificado.
4. Deberá ejecutarse un contrato según lo dispuesto por la sharî'ah.
5. El hijo, producto de este matrimonio, es reconocido como legítimo. Contará, al igual que el hijo de un matrimonio por tiempo indefinido, con su acta de nacimiento.
6. El padre es responsable del sustento de los hijos, y el hijo hereda de sus padres.
7. Cuando el contrato matrimonial llega a su fin, si la mujer no haya llegado a la edad de la menopausia, deberá esperar el tiempo especificado por la sharî'ah (equivale a tres menstruaciones); y suponiendo que estuviese embarazada, deberá abstenerse de contraer cualquier tipo de matrimonio hasta que nazca su hijo.
Asimismo, todas las normasque concierne a la mujer que ha realizado un matrimonio permanente, atañen también a la mujer que hizo mut'ah; con la diferencia de que la mut'ahse realiza para compensar una necesidad, no siendo obligatorio para el hombre sustentar a la mujer. En caso de que cuando se lleva a cabo el contrato matrimonial no especifique ella que quiere recibir su parte de la herencia, no tendrá derecho a ésta.
Es obvio que estas dos diferencias no influyen en la esencia del matrimonio. Todos sabemos que la sharî'ah del Islam es eterna, que es la última religión y contesta a todas las necesidades del hombre en todas las épocas.
A continuación tomamos como ejemplo a un joven, que para continuar sus estudios se ve obligado a trasladarse durante varios años a otra ciudad u otro país, estando imposibilitado para contraer matrimonio permanente. Este joven tiene frente a sí tres caminos a seguir que a continuación mencionamos:
1. Quedar en el estado de soltería, soportando los problemas que éste acarrea.
2. Caer en la corrupción y perversión.
3. Respetando las condiciones mencionadas, efectuar una mut'ahcon una mujer que permita la sharî'ah.
Podemos asegurar que los que se encuentran en el primer grupo fracasarán. Son contados aquellos jóvenes que pueden controlar sus instintos sexuales y enfrentar esta situación con paciencia y tolerancia; siendo para la mayoría imposible.
El resultado de los que siguen el segundo camino es la corrupción y destrucción, que desde el punto de vista del Islam es un acto prohibido, harâm. Recomendar a este segundo como excusa para saciar una necesidad, es dar paso a la corrupción y perversión.
Por lo tanto el único camino evidente es el tercero, que es el mismo recomendado por el Islam; dicho acto se efectuaba durante la época del Profeta (BP), pero después de su fallecimiento fue causa de polémica entre los musulmanes.
Antes de continuar queremos recordar lo siguiente: Aquellos que se alarmen al tratar el tema de la mut'ah; tratándola de ilegítima, deberán tener en cuenta que todos los eruditos e interpretes islámicos, aceptan dentro del matrimonio por tiempo determinado, un tipo de matrimonio igual a la mut'ah. Cuando llevan a cabo el contrato matrimonial por tiempo indefinido, la pareja llega al acuerdo de que después de un año, más o menos, se separarán por medio del divorcio.
Es evidente que un enlace con estas condiciones puede ser considerado aparentemente permanente, pero se efectúa en realidad por tiempo definido. La única diferencia entre estos dos enlaces es que la mut'ahtanto en el contrato como en la intención son el mismo (limitado). En el matrimonio perdurable, aparentemente es para siempre y se manifiesta que se lleva a cabo por tiempo indefinido, pero puede ser limitado.
Aquellos que aprueban este tipo matrimonio permanente, el cual es aceptado por todos los fuqaha islámicos, ¿por qué se alarman y rechazan la aprobación del matrimonio mut'ah?
Hasta aquí nos hemos familiarizado con las condiciones de la mut'ah, ahora queremos explicar por qué es permisible y conocer su legitimidad. Vemos conveniente dividir esta polémica en dos fases:
1. Legalidad del matrimonio mut'ah al inicio del Islam.
2. El por qué no fue abolida esta ley en la época del Profeta.
La razón más obvia de la legalidad de la mut'ahla encontramos en el Sura Las Mujeres:
فَمَا اسْتَمْتَعْتُمْ بِهِ مِنْهُنَّ فَآتُوهُنَّ أُجُورَهُنَّ فَرِيضَةً
Fa ma stamta'tum bihi minhunna fa’atûhunna uyûrahunna farîdah
"Retribuid (la dote), como cosa debida, a aquéllas de quienes habéis gozado como esposas".
(An Nisâ’ 4:24)
Los términos utilizados en esta aleya manifiestan que se refieren a la mut'ahya que:
Primero: En esta aleya fue utilizada la palabra Istamta', la cual guarda una relación con la palabra mut'ah. Ya que si se hubiese querido referir al matrimonio permanente, lo habría indicado.
Segundo: Al utilizar la palabra uyûrahunna –remuneración, es evidente que se refiere al enlace mut'ah’, ya que si quisiese aludir al matrimonio permanente, utilizaría el término mahriah o sidâqque significa dote.[1]
Tercero: Los exegetas, tanto Ahlî Shî'ah comoAhlî Sunnah aceptan que esta aleya hace referencia al matrimonio por tiempo determinado mut'ah.Yalâlud–Din Suîûtî en su exégesis Durr–ul Manzûr, registra que Ibn Yarîr y Suddî consideran que la aleya en cuestión se refiere a la mut'ah.Así también, Abu Ya'far Muhammad Ibn Yarîr Tabarî en su Tafsîrescribe que Suddî, Ibn 'Abbâs y Muyâhid aseguran que esta aleya se refiere al matrimonio por tiempo determinado.[2]
Cuarto: Los dueños de los Sihâh, Masunid y Yawâmi`* han aceptado esta verdad, por ejemplo Muslim Ibn Hayyây en su Sahîhexpone la siguiente narración de Yâbir Ibn 'Abdul.lah y Salmah Ibn Akû':
« خرج علينا منادی رسول الله (ص) فقال انَّ رسول الله قد أذن لکم أن تستمتعوا؛ يعنی متعة النِّساء»
"El proclamador del Profeta (BP) vino a nosotros y dijo: Rasullil.lah os permitió que hagáis Istamta' que gocéis de las mujeres como esposas –o sea, que se matrimonien en mut'ah–".[3]
Son muchas las narraciones que cuentan con documento fiable para poderles dar cabida en unas cuantas líneas. La legalización de la mut'ah en el Islam y en la época del Profeta Muhammad (BP) es aceptada por los sabios y exegetas islámicos.[4]
Ahora preguntamos: ¿Acaso la aleya arriba mencionada prohíbe la mut'ah? Son la minoría aquellos que dudan de la legitimidad del matrimonio por tiempo determinado durante la época del Profeta (BP); nuestra observación es acerca de que esta orden permaneció y no fue modificada.
Tanto las narraciones como la misma historia del Islam, son testigos que esta costumbre, que es una orden Divina, fue practicada entre los musulmanes hasta el tiempo del Segundo Califa, siendo éste quien lo prohibió durante su gobierno.
Muslim Ibn Hayyây en su Sahîhcuenta que Ibn 'Abbâs e Ibn Zubaîr respecto a la mut'ah Nisâ' (matrimonio por tiempo determinado) y la mut'ah Hayy, entonces Yâbir Ibn 'Abdul.lah declaró:
« فعلناهما مع رسول الله (ص) ثمّ نهانا عنهما عمر فلم نعد لهما »
"Nosotros practicábamos estas dos, mientras el Mensajero de Dios estuvo en vida, entonces 'Umar las prohibió, y desde entonces nos abstuvimos."[5]
Yalâlud–Din Suîûtî en su Tafsîrcita de Abudr–Rizâq, Abu Dawûd e Ibn Yarîr, y ellos a su vez de Hakam, que en una ocasión le preguntaron a éste si la aleya en cuestión prohibía la mut'ah quien respondió negativamente; entonces 'Alî (P) expresó:
« لو لا انّ عمر نهی عن المتعة ما زنی الاّ شقیّ»
"Si 'Umar no hubiese prohibido la mut'ah, nadie, a excepción de los perdidos serían adúlteros."[6]
'Alî Ibn Muhammad Qûshchî dice a este respecto: "Un día 'Umar Ibn Jatâb subió al púlpito y dijo:
« ايّها الناس ثلاث کنّ علی عهد رسول الله أنا أنهی عنهنّ و أحرّمهنّ و أعاقب عليهنّ و هی متعة النّساء و متعة الحجّ و حیّ علی خير العمل»
¡Oh, gente! Tres prácticas se llevaban a cabo durante la existencia del Mensajero de Dios que yo las prohíbe desde hoy, aquél que las ejercite será castigado, éstas son: lamut'ah Nisâ’, la mut'ah Hayy y la tercera decir Haî 'ala jaîr il 'Amal."[7]
Creemos necesario informar que las narraciones a este respecto son más de las que podemos señalar aquí.[8]
Recordamos que la mut'ah es un matrimonio, y el matrimonio se divide en dos: por tiempo determinado y permanente, y la mujer con la cual se realice una mut'ah, es la esposa de ese hombre y viceversa, entonces naturalmente un enlace llevado a cabo sobre estas bases cabe dentro de las aleyas respecto al matrimonio.
Si el Sagrado Corán nos dice:
وَ الَّذِينَ هُمْ لِفُرُوجِهِمْ حافِظُونَإِلاَّ عَلى أَزْواجِهِمْ أَوْ ما مَلَكَتْ أَيْمانُهُمْ
"Wal.ladhînahum li–furûyihim hâfizhûna ’il.la 'alâ azûâyihim aûma malakat ’aîmanuhum"
"Que se abstienen de comercio carnal, salvo con sus esposas (o con sus parejas) o con sus esclavas en cuyo caso no incurren en reproche".
(Al Mû’minûn 23:5–6)
’il.la 'alâ azûâyihim–o con sus esposas–, en realidad se refiere a la mujer que contrae matrimonio mut’ah dentro de las exigencias mencionadas, queriendo decir que la mujer que realizó un enlace mut’ah, es esposa y pareja de ese hombre, y eso es a lo que se refiere azûâyihim.
Y si esta aleya –Los Creyentes 23:5 y 6– permite la relación sexual con estos dos grupos de mujeres –uno las esposas, y el otro las esclavas– la mujer que contrajo matrimonio mut’ah está incluida en el primer grupo de éstas.
Sorprendente es lo que abogan aquellos que sostienen que esta aleya, en el Sura Los Creyentes, abroga la aleya que permite la mut’ah en el Sura Las Mujeres. Todos sabemos perfectamente que la aleya abrogadora debe ser revelada antes de la aleya que va a abrogar, siendo este un caso contrario, ya que el Sura Los Creyentes que supuestamente es la abrogadora, es un sura mequî –o sea revelado en La Meca, antes de que el Profeta (BP) emigrara a la ciudad de Medina– y el SuraLas Mujeres, es un sura medinés–revelado en Medina, después de la emigración del Profeta–. Entonces ¿Cómo es posible que la aleya que fue revelada en La Meca anule la aleya que fue revelada en Medina años después?
Una prueba más clara de que la aleya referente a la mut’ah no fue invalidada en la época del Profeta (BP) es el gran número de narraciones recopiladas y aceptadas como verídicas que lo niegan, como el hadiz que mencionamos con anterioridad, recopilad en elDurr ulManzûrde Yalâlud–Din Suîûtî, sabio de la escuela Sunnah.[9]
Por último queremos recordar que los Impecables Imames de Ahlul Baît, que según el hadîz az–Zaqalaîn, que son guías de la Ummahe inseparables del Sagrado Corán, convenían en que el matrimonio Mut’ah no fue prohibido, ni tampoco anulado.[10]
Y cuando se dice que el Islam es capaz de resolver los problemas en cualquier época y tiempo, es porque acepta legítimamente este tipo de matrimonio, claro está respetando sus límites.
La salvación hoy en día de esta juventud descarriada y arrastrada por las olas de la corrupción es precisamente, dentro de sus leyes, el matrimonio por tiempo determinado, la Mut’ah.
[1]. Durr-ul Manzûr, t. II, p.140, bajo la aleya mencionada.
[2].Yâm‘ il Baiân fi Tafsîr ul-Qurân, yuz’i 5, p.9.
* Libros de la escuela Sunnahque han sido aceptados por sus sabios y eruditos. Plural de Sahîh, Musnad y Yami‘ respectivamente.
[3]. Sahîh, Muslim, cuarta parte, p.130, ed. Egipto.
[4]. Para ejemplo, recordamos algunas de estas obras: (1) Sahîh, Bujârî, cap. Tamatta‘; (2) Musnad, Ahmad, t. IV, p.436 y t. III p.356; (3) Al-Mawattâ’, Mâlik, t. II, p. 30; (4) Sunan, Baîhaqîî, t. VII p. 306; (5) Tafsîr, Tabarî, t. V, p.9; (6)Nîhâîah Ibn Azîr, t. II, p.249; (7) Tafsîr, Râzî, t. III p.201; (8) Târîj, Ibn Jal.lakân, t. I, p.359; (9) Ahkâm ul-Qurân, Yassâs, t. II, p.178; (10) Muhâdirât, Râghib, t. II, p.94; (11)Al-Yâmi‘ ul-Kabîr (Suîûtî), t. VIII, p.293; (12)Fath ul-Bârî, Ibn Hayar, t. IX, p.141.
[5]. Sunan, Baîhaqîî, t. VII, p.206 y Sahîh, Muslim, t. I, p.395.
[6]. Durr-ul Manzûr, t. II, p.140, a continuación de la aleya Mut‘ah.
[7]. Sharh Tayrîd Qushchî, cap. el Imâmato, p. 484.
[8].Para más información, recurra a los siguientes documentos: (1) Musnad, Ahmad, t. III p.356 y 363. (2) Al Baîân wa At-Tabîîn, Yâhizh, t. II, p.223. (3) Ahkâm ul-Qurân, Yasâs, t. 1, p. 342. (4)Tafsîr, Qurtabî, t. II, p.370. (5) Al-Mabsût, Sarajsî Hanafî, Kitâb ul Hayy, cap. Al-Qurân. (6)Zâd ul-Ma‘âd, Ibn Qaîîm, t. 1, p.444. (7)Kanz ul ‘Ummâl, t. VIII, p.293. (8)Musnad Abî Dawûd Taîâlisî, p. 247. (9) Târîj, Tabarî, t. V, p. 32. (10) Al-Mustabîn, Tabarî. (11)Tafsîr, Râzî, t. III, p.200-202. (12) Tafsîr, Abu Haîîân, t. III, p.218.
[9]. Durr-ul Manzûr, t. II, p.140 y 141, a continuación de la aleya Mut’ah
[10].Ûasâ’il ash-Shî‘ah, t. XIV; Kitâb ul Nikâh, primera parte del cap. Mut’ah, p.436.
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