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¿Cuáles son los puntos relativos y condiciones de la referencias islámicas (se refiere al dicho de aleya 4 de sura at-Talaq del Corán) al matrimonio con una niña que todavía no está preparada físicamente para poder casarse?

¿Cuáles son los puntos relativos y condiciones de la referencias islámicas (se refiere al dicho de aleya 4 de sura at-Talaq del Corán) al matrimonio con una niña que todavía no está preparada físicamente para poder casarse?

Respuesta a la pregunta sobre el casamiento de los menores

En primer lugar le respondo que la sura At Talaq, en su versículo 4 no habla de las menores de edad que no vieron aún la menstruación, sino de aquellas mujeres que no vieron la menstruación por la razón que sea (estando en edad de poder verla) y se divorcian, su período de espera es de tres meses antes de poder volver a casarse.

En segundo lugar: la condición para concretar el casamiento, es decir tener relaciones sexuales, es la pubertad y que estén en condiciones físicas para poder concebir.

El padre puede casar a los hijos cuando son menores de edad pero el matrimonio se consuma cuando alcanzan la edad de la pubertad y las condiciones físicas adecuadas para consumarlo. La autoridad del padre está sondicionada en la ley islámica por el beneficio y la conveniencia racional de casar a su hijo. Es decir que si no hay conveniencia racional no tiene efecto ese casamiento del hijo o de la hija siendo estos menores. El fundamento coránico es la aleya: ua la taqrabu mala al iatima illa bil lati hia ahsan (No os acerquéis- no gasteis-a los bienes del huérfano sino para lo que es bueno.  La racionalidad o no de ese casamiento la establece el sentido común, la racionalidad del acto y en definitiva el juez islámico.Los menores cuando alcanzan la pubertad pueden anular ese matrimonio si no están de acuerdo caulquiera de ellos o ambos y el matrimonio se anula.

Sheij Abdul Karim Paz
abdulkarimpaz@gmail.com